Preguntas y respuestas sobre el registro militar en Venezuela

-¿Qué es el Registro Militar? -Es un registro que lleva cuenta de quiénes son las personas que pueden prestar servicio militar en caso que la nación lo requiera. Según el artículo 62 de la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, la finalidad del registro es "obtener los datos de los venezolanos y venezolanas que cumplan con el deber de inscribirse".

-¿Quiénes deben inscribirse? -Toda persona en edad militar, que está comprendida entre los 18 y 60 años.

-¿Cuáles son los requisitos? -Copia de la cédula de identidad, copia de la partida de nacimiento, 3 fotos tipo carnet, información de dirección domiciliaria (recibo de electricidad o teléfono). Deben ser presentados en la Junta de Conscripción más próxima a su domicilio, generalmente ubicada en el registro civil de la parroquia o municipio, o ir al Centro de Alistamiento Militar en Fuerte Tiuna.

-¿Para qué lo necesito? -Según lo estipula el artículo 80 deberá presentar el documento que acredita la inscripción militar o haber cumplido con el servicio, para inscribirse en los institutos de educación diversificada y universitaria, tanto públicos como privados; obtener licencias o permisos para conducir vehículo automotor, naves y aeronaves; ser admitido para desempeñar cargo o empleo público nacional, estatal o municipal; obtener becas de estudios con aportes del Estado; y todas las demás que establezca el reglamento de la ley, que aún no ha sido promulgado.

-¿El registro es renovable? -Si cambia de residencia, domicilio, estado civil o cualquier otro dato que modifique las circunstancias en las que se inscribió debe actualizarlo. Si pierde el documento que da fe de su inscripción o de que ya prestó servicio debe tramitarlo otra vez, o si su carnet militar presenta fecha de vencimiento debe renovarlo.

-¿Quiénes están eximidos de prestar servicio militar? -En el registro los ciudadanos son clasificados en dos grupos: elegibles y no elegibles. Plantea el artículo 64 que serán elegibles quienes "tienen la edad para cumplir con el servicio militar y formarse como combatientes individuales". No serán elegibles quienes presenten constancia de alguna enfermedad que impida la prestación inmediata del servicio militar, padezcan alguna enfermedad permanente, tengan estado civil casado o casada, estén en estado de gravidez, sean único sostén de hogar o tengan medida privativa de libertad firme o condena penal definitivamente firme.

-¿Si soy venezolano y vivo en otro país debo inscribirme? -El artículo 56 dice que los venezolanos residenciados en el extranjero deben realizar la inscripción a través de las representaciones diplomáticas o consulares acreditadas por la República Bolivariana de Venezuela.

- Si me inscribo, ¿me reclutarán contra mi voluntad? -El reclutamiento forzoso es ilegal según el artículo 7 de la ley y el 134 de la Constitución.

-¿Sin constancia de estar inscrito no seré contratado para trabajar? -Plantea el artículo 81 que "el patrono o patrona de empresas, sean éstas de Derecho público o privado" deben exigir constancia de registro antes de firmar un contrato, pero no aclara qué ocurre si la persona no lo hace; aunque el artículo 87 de la Constitución garantiza el derecho al trabajo de todos los venezolanos.

-No me quiero inscribir, ¿qué me puede pasar? -Será reconocido, según el ar- tículo 61, como "renuente" y será sancionado conforme disponga la ley. No obstante, por el carácter voluntario del servicio, las sanciones serán objeto de estudio y posible eliminación por la Comisión de Defensa de la AN.



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